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Es el reglamento de la Unión Europea que regula el uso de inteligencia artificial. Clasifica los sistemas de IA por nivel de riesgo y obliga a las empresas que los usan a cumplir ciertos requisitos de seguridad y transparencia, según ese nivel.
A cualquier empresa que use o desarrolle sistemas de IA dentro de la UE, sin importar su tamaño. No es solo para grandes tecnológicas: si usas un chatbot, un ATS de selección con IA, o generas contenido con IA, te afecta.
Sí. El reglamento distingue entre "proveedores" (quien desarrolla el sistema) y "responsables del despliegue" (quien lo usa en su negocio). Como usuario, tienes obligaciones propias, aunque más ligeras que las del proveedor.
Por partes. Las prohibiciones y la alfabetización en IA llevan vigentes desde febrero de 2025. La transparencia (chatbots, contenido generado) entró en vigor el 2 de agosto de 2026. El alto riesgo (RRHH, scoring, crédito) se aplica desde diciembre de 2027.
Es la obligación de que el personal que use sistemas de IA tenga la formación suficiente para entender qué hace esa herramienta y qué riesgos implica. Lleva vigente desde febrero de 2025 — es la obligación que casi ninguna pyme conoce todavía.
No. El RGPD regula datos personales; el AI Act regula sistemas de inteligencia artificial. Pueden solaparse (un sistema de IA que trata datos personales debe cumplir los dos), pero son reglamentos distintos con obligaciones distintas.
Sí. El 29 de junio de 2026, el Consejo de la UE dio luz verde final a un paquete de simplificación normativa ("Omnibus VII") que amplía expresamente el catálogo de prácticas prohibidas del artículo 5: ahora incluye de forma explícita la generación de contenido sexual o íntimo no consentido, y material de abuso sexual infantil generado con IA. Fuente: Consejo de la UE.
Depende de qué uso hagas de la IA. Si usas chatbots o generas contenido, ya te afecta (desde agosto de 2026). Si usas IA en selección de personal o scoring, tienes hasta diciembre de 2027.
Sí. El Digital Omnibus (Reglamento (UE) 2026/1744) aplazó las obligaciones de alto riesgo del Anexo III de agosto de 2026 a diciembre de 2027. Pero eso no significa "no hay que hacer nada" — significa que hay margen para prepararse con calma, no en pánico de última hora.
Las prohibiciones (desde feb. 2025), la alfabetización en IA (desde feb. 2025) y la transparencia de chatbots/contenido generado (desde ago. 2026) no se movieron. Solo se aplazó el alto riesgo del Anexo III.
Desde agosto de 2028, también aplazado un año respecto al calendario original.
Porque prepararse con margen sale más barato y sin prisas que hacerlo en 2027 cuando todo el mercado esté corriendo a la vez — proveedores de consultoría saturados, precios al alza, y menos tiempo para corregir errores antes de la fecha límite.
Es posible — el AI Act sigue en desarrollo regulatorio activo. Recomendamos confirmar la fecha vigente antes de tomar decisiones importantes basadas solo en calendario.
Sí. Desde el 2 de agosto de 2026, cualquier sistema que interactúe con personas debe informar de que están hablando con una IA, salvo que sea evidente por el contexto.
Es un incumplimiento del artículo 50, sancionable — con la regla de proporcionalidad para pymes, la sanción real suele ser mucho menor que las cifras máximas que se ven en prensa.
Depende del tipo de contenido y contexto. Los deepfakes y contenido sintético que pueda confundirse con contenido real sí requieren identificación clara. Conviene revisar caso por caso.
Si es un humano el que revisa y envía el email final, normalmente no se considera una interacción directa "sistema-persona" en el sentido del artículo 50. El riesgo aparece cuando el sistema interactúa de forma autónoma con el usuario final, como un chatbot en vivo.
Sí. La Comisión Europea ha abierto canales de denuncia abiertos a ciudadanos y empresas para comunicar incumplimientos del AI Act, activos desde agosto de 2026.
La Oficina Europea de IA junto con las autoridades nacionales de vigilancia de mercado en cada país.
Si el sistema puntúa, filtra o ayuda a decidir sobre candidatos de forma automatizada, sí — cae dentro del Anexo III como alto riesgo.
Entre otras cosas: garantizar supervisión humana real (no solo formal), documentación técnica del sistema, y evaluación de impacto. El plazo para cumplirlo completo es diciembre de 2027, pero conviene empezar a mapear esto ya.
No necesariamente — el AI Act regula sistemas de IA propiamente dichos, no cualquier automatización o fórmula estadística simple. La línea a veces no es obvia; es uno de los puntos que conviene revisar caso por caso.
El volumen de selecciones que gestionas es clave — cuanto más proceso automatizado y masivo, más probable que actives obligaciones de alto riesgo, incluso si tu plantilla propia es pequeña.
El reconocimiento de emociones en el trabajo o la educación está entre los usos que el AI Act restringe con mayor severidad — un área a revisar con especial cuidado, cerca de la zona de riesgo inaceptable en algunos casos.
Te expones a sanciones bajo el artículo 99 del reglamento — hasta 15M€ o 3% de la facturación (lo mayor, para grandes empresas; lo menor, con la regla de proporcionalidad para pymes).
Esa cifra corresponde solo a prácticas prohibidas (art. 5) — el caso más grave, como el "social scoring". Para el resto de infracciones (transparencia, alto riesgo), el techo teórico es 15M€ o 3% de la facturación.
No. El artículo 99.6 del AI Act obliga a aplicar el importe proporcionalmente menor para pymes, no el mayor — reduce drásticamente la exposición real frente a las cifras que se ven en titulares de prensa.
Depende de tu facturación y del tipo de infracción. Como referencia: una pyme de 100.000€ de facturación con un chatbot sin identificar se enfrentaría, en teoría, a unos 3.000€ de sanción máxima — muy lejos de los titulares de "millones".
No es recomendable operar bajo esa suposición — ya existen canales de denuncia activos y vigilancia de mercado en cada país. El riesgo económico real es proporcionalmente menor, pero no es cero.
Reputacional (que un cliente o un empleado denuncie públicamente), operativo (la Oficina de IA puede exigir corregir o retirar el sistema), y de credibilidad frente a clientes que sí piden garantías de cumplimiento normativo.
Una auditoría certificada la realiza un organismo acreditado con validez legal formal. Un diagnóstico, como el nuestro, es un análisis experto de tu exposición al AI Act y un plan de acción priorizado — no sustituye a una auditoría certificada si en algún momento la necesitas, pero te dice con claridad dónde estás y qué hacer.
Depende de tu situación. El diagnóstico te da claridad y un plan accionable sin el coste de un despacho de abogados. Si tu caso es complejo o de alto riesgo confirmado, probablemente necesites después el criterio de un abogado especializado.
El cliente completa un cuestionario de forma independiente; nosotros lo revisamos y entregamos el informe con la interpretación experta ya elaborada — sin llamadas ni reuniones intermedias necesarias.
Inventario de tus herramientas de IA, clasificación de riesgo por cada una según el AI Act, obligaciones legales aplicables, y un plan de acción priorizado con lo más urgente primero.
Las dos opciones: el informe puntual, o el informe con seguimiento trimestral durante un año, para revisar cambios normativos y en vuestro uso de IA a lo largo del tiempo.
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